Consejo de Estado frena facultad del CNE para suspender encuestas electorales

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente una facultad que tenía el Consejo Nacional Electoral (CNE) para restringir o prohibir temporalmente la publicación de encuestas electorales.
La decisión fue adoptada por la Sección Quinta del alto tribunal al considerar que el CNE habría excedido sus funciones al incluir, mediante una resolución, medidas cautelares que no estaban contempladas de forma expresa en la Ley de Encuestas.
La norma suspendida permitía al organismo electoral ordenar acciones como la prohibición temporal de publicar sondeos, la suspensión de registros de firmas encuestadoras y la rectificación inmediata de información cuando existieran indicios de posibles irregularidades.
Según el Consejo de Estado, estas medidas podrían afectar derechos políticos y de participación ciudadana, además de generar consecuencias sobre procesos que aún no han sido resueltos de manera definitiva.
La controversia surgió porque la Ley 2494 de 2025 no otorgó explícitamente al CNE la facultad de imponer este tipo de restricciones, por lo que el tribunal concluyó que el organismo no podía crearlas mediante reglamentación propia.
La decisión no significa que la norma haya sido anulada definitivamente, sino que queda suspendida mientras avanza el estudio de fondo del caso.
El fallo se conoce en medio del debate nacional sobre la regulación de las encuestas electorales y apenas una semana después de que la Corte Constitucional tumbara varios apartes de la denominada Ley de Encuestas.
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