“Usted no puede decir a quiénes le levantan órdenes de captura”: Corte a Petro

El día de ayer la Corte Constitucional emitió un trascendental fallo, por medio del cual le puso freno a algunos puntos del proyecto de ‘Paz Total’ propuesto por el gobierno de Gustavo Petro, referidos al levantamiento de las órdenes de captura contra miembros de la Primera Línea, inmiscuidos en delitos ocurridos en el marco del paro nacional, y que involucran delitos graves como homicidio y hasta tortura.
En su fallo, el Alto Tribunal dio viabilidad a la Ley 2272, señalando a través de la ponencia de los magistrados Natalia Ángel y Antonio José Lizarazo, que si bien el Gobierno tiene la facultad de adelantar acercamientos y conversaciones con estructuras armadas, en busca de su desmovilización y la construcción de paz, los términos del sometimiento deben ser definidos por el Congreso de la República.
Asimismo, la suspensión de las órdenes de captura “deben cumplir ciertas condiciones, según la finalidad que el legislador estableció”, explicando también que esto obedecerá a la orden de un juez y no del presidente.
Si bien no cerraron la posibilidad de que los líderes de estructuras armadas funjan como ‘gestores de paz’, sí estableció que solo podrán hacerlo habiendo purgado sus penas.
“Si no están en libertad solo el juez puede liberarlos, no el presidente”, pues no es el Ejecutivo quien toma tal decisión.
Tras este anuncio, el fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa, se pronunció asegurando que desde esta entidad se reactivarán las órdenes de captura contra los criminales.
“La Corte Constitucional acaba de declarar inexequible esa disposición y, por ende, seguramente los fiscales en el marco de su independencia en los próximos días solicitarán las órdenes de captura de quienes se designaron voceros de paz y se les otorgó esa libertad”, sostuvo el Fiscal, refiriéndose a los jóvenes de la primera línea involucrados en procesos penales, y que fueron dejados en libertad.
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