Desde este jueves entra en vigencia la Ley de Garantías 2023

La Ley 996 de 2005, conocida como “Ley de Garantías Electorales” entró en vigencia a partir de este jueves 29 de junio, con un conglomerado de restricciones para las administraciones públicas, como Gobernaciones y Alcaldías.
Recordemos que la Ley se activa previo a las elecciones de octubre de 2023, donde serán elegidos Gobernadores, Alcaldes, Diputados, Concejales y Ediles.
La Ley busca garantizar la igualdad de condiciones para los candidatos que reúnan los requisitos de ley; reglamentar la participación en política de los servidores públicos; regular las garantías de la oposición y establecer las prohibiciones en la época previa a las elecciones presidenciales, legislativas y territoriales.
A partir de este jueves los funcionarios públicos no podrán:
- Celebrar convenios interadministrativos destinados a la ejecución de recursos públicos.
- Participar, promover o destinar recursos públicos de las entidades a su cargo, o de las entidades en donde participen como miembros de sus juntas directivas, a reuniones de carácter proselitista.
- Inaugurar obras públicas o dar inicio a programas de carácter social en reuniones o eventos en los que participen candidatos a:
*Gobernadores.
*Diputados.
*Alcaldes Municipales.
*Concejales Municipales o Distritales.
"Tampoco podrán hacerlo cuando participen sus voceros", de acuerdo a lo establecido con la Ley.
- Autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas.
- Facilitar el alojamiento o el transporte de candidatos a cargos de elección popular o sus voceros.
- Modificar la nómina de la entidad, salvo que se trate de:
*Provisión de cargos por faltas definitivas con ocasión de muerte o renuncia irrevocable, debidamente, aceptada.
*Casos en donde se apliquen las normas de carrera administrativa.
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