Fondo para la Reparación de Víctimas adelantará subasta inmobiliaria en Santa Marta


Con el objetivo de maximizar el recaudo de recursos que beneficien el proceso de reparación de víctimas del conflicto armado en Colombia, el Fondo para la Reparación de Víctimas estará realizando la subasta de siete bienes inmuebles en Santa Marta, el próximo 29 de junio.
En el encuentro, al que está invitada toda la comunidad, se establecerá un esquema de administración de los mismos bajo la modalidad de contrato de arrendamiento, ratificando que los recursos obtenidos serán en beneficio de la población víctima.
Es importante mencionar, que el Fondo para la Reparación de las Víctimas, es una cuenta especial sin personería jurídica,, creada por el artículo 54 de la Ley 975 de 2005, administrado por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas; que se encarga de liquidar y pagar las sentencias proferidas por los Tribunales Superiores del Distrito Judicial- Salas de Justicia y Paz, administrar los bienes y recursos entregados por los postulados para la reparación de las víctimas acreditadas mediante sentencia judicial en el marco de los procesos de Justicia y Paz, e implementar el recaudo de nuevas fuentes de financiación en pro de la reparación de las víctimas.
Para poder participar en la mencionada subasta inmobiliaria, tres días hábiles antes de la realización, las personas interesadas deben aportar de manera física o por correo electrónico en la dirección que se señale en el aviso de invitación a participar, de la totalidad de los documentos relacionados a continuación:
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía, certificado de existencia y representación legal con una antigüedad no mayor a tres meses cuando se trate de persona jurídica
- Certificado de antecedentes disciplinarios, fiscales y penales cuya expedición no sea mayor a 30 días calendario.
- Extracto bancario de los últimos 3 meses o certificación de contrato laboral vigente o declaración de renta o dos referencias comerciales
- Copia del Registro Único Tributario
- Acreditar propiedad sobre bien inmueble o acreditar ingresos como mínimo por el doble del canon de arrendamiento.
En caso de que existan dudas sobre el proceso, las personas pueden comunicarse a los siguientes correos electrónicos: [email protected] [email protected] [email protected] [email protected]
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