Alerta en Santa Marta por aumento exagerado de cédulas inscritas para las elecciones de octubre

Las autoridades electorales están con las alertas encendidas entres municipios del Magdalena, que son Santa Marta, Salamina y El Banco, por el posible delito electoral de trashumancia.
Este delito, tipificado en el Código Penal Colombiano como fraude en la inscripción de cédulas, y que también es conocido como el trasteo de votos, consiste en la inscripción de cédulas para votar en un lugar distinto al que la persona reside.
El Consejo Nacional Electoral prendió las alarmas luego de descubrir el crecimiento exagerado de personas inscritas, al comparar el actual periodo (octubre de 2018 a julio de 2019), versus el mismo periodo para las elecciones de 2015 (octubre de 2014 a julio de 2015).
Para el caso de Santa Marta, se ha dado un aumento de 156,1% en el aumento de inscripción de cédulas, toda vez que en las elecciones de 2015 se inscribieron 4.674 personas, mientras que para este periodo lo han hecho 15.528, teniendo en cuenta que el aumento de la población proyectado por el DANE fue del 12%.
El otro caso llamativo es el del municipio de El Banco, Magdalena, en donde se inscribieron 690 cédulas nuevas para las elecciones de 2015, mientras que en este periodo ya van 1.372 cédulas nuevas.
Asimismo, en el municipio de Salamina se ha dado un aumento en el porcentaje de inscripción de cédulas de 102,8%, puesto que para 2015 se inscribieron 174 nuevas cédulas, pero en este periodo ya van 378.
La trashumancia electoral es una vieja e ilícita práctica electoral que siempre es combatida por las autoridades.
En 2009, por ejemplo, el CNE dejó sin efecto 20 0 mil inscripciones de cédulas que fueron detectadas de manera irregular en la ciudad de Barranquilla, con ocasión del periodo de inscripción de cédulas que habilitaron desde el 19 de octubre hasta el 2 de noviembre de 2009, de cara a las elecciones que se llevaron a cabo en 2010.
Cuando el Consejo Nacional Electoral encuentra irregularidades en el proceso y deja sin efecto la inscripción de cédulas en determinado municipio, los ciudadanos podrán sufragar en el lugar donde votaron en la pasada elección.
Esta mala práctica está contemplada en el artículo 389 del Código Penal y puede dar penas de prisión de entre 4 y 9 años, sumado al delito de falso testimonio que también es contemplado para estos casos, que otorga de 6 a 12 años de prisión.
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