Agresión entre jóvenes en Barranquilla: ¿un batazo en la cabeza no es tentativa de homicidio?


La Fiscalía 37 local de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de Barranquilla consideró que la agresión que un joven le propinó a otro, al que golpeó en la cabeza con un bate de béisbol en un parque del suroriente de la capital del Atlántico, no califica como delito de tentativa de homicidio, sino lesiones personales. Por ello, ordenó su libertad y que se surta un trámite de conciliación.
Según el reporte de la Policía Metropolitana de Barranquilla, el ataque se registró la noche del miercoles anterior en el parque ubicado en la carrera 7B con calle 31. La víctima fue identificada como Lucas Daniel Fontalvo Rodríguez, quien recibió “un impacto en la cabeza con un bate de béisbol”. Fontalvo fue llevado a la Clínica Campbell bajo “pronóstico reservado”.
El señalado agresor es Alfonso Andrés Dajil de Oro, de 22 años, capturado “en flagrancia” cerca de allí. “Fue dejado a disposición de la Fiscalía por el delito de lesiones personales”.
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La riña entre jóvenes no pasó inadvertida porque por Whatsapp y redes sociales circularon videos grabados por vecinos, en los que se observa la riña, el momento de la agresión a Fontalvo, quien cae desmayado y tuvo que ser cargado para su traslado a la clínica.
Durante la mañana de este viernes, sin embargo, periodistas de la ciudad conocieron de la libertad de Dajil y preguntaron a través de Whatsapp a la Dirección de Comunicaciones de la Fiscalía sobre los motivos de tal decisión.
“El dictamen de Medicina Legal en este caso arrojó una incapacidad provisional de 15 días que, por razones legales, no admite que el caso sea llevado de manera inmediata ante un juez de control de garantías, pero el proceso investigativo sigue continúa su curso por lesiones personales”, explicó un funcionario de la Dirección de Comunicaciones de la Fiscalía en un grupo de Whatsapp, ante la pregunta de varios periodistas sobre la decisión.
“Deberá, en este caso, surtirse el trámite de conciliación que es obligación en este tipo de hechos; la persona agredida se recupera en su hogar”, finalizó el mensaje.
Puede tipificarse la tentativa de homicidio
Seguimiento.co dialogó al respecto con un médico, un abogado penalista, 4 fiscales, una profesora e investigadora académica experta en Criminología y un magistrado de la Sala Penal de uno de los Tribunales Superiores del país, quienes con la condición de no dar a conocer sus nombres contestaron las inquietudes formuladas.
En sus respuestas, todos difirieron del criterio del fiscal y coincidieron en que ha podido presentar al agresor en audiencia e imputarle cargos por tentativa de homicidio. “El delito lo califica o define el fiscal y su imputación es un acto de comunicación ante los jueces, quienes no inciden en ello”.
Las fuentes consultadas observaron y analizaron el video que muestra el golpe propinado por Dajil a Fontalvo en la parte trasera de su cabeza. Sus apreciaciones y conclusiones fueron las siguientes:
- “Ese golpe pone en riesgo la vida de la persona, incluso puede quedar con secuelas graves”, dijo la profesora e investigadora académica.
- El médico contactado manifestó que, “con la fractura del cráneo, un impacto así puede comprometer la masa encefálica y producir la muerte”.
- Uno de los fiscales advirtió que se observa premeditación y alevosía en el actuar de Dajil, quien se ve que espera a que Fontalvo pase por su frente, llegue a la reja de salida de la cancha y esté descuidado para propinarle el golpe. “Esperó que pasara para conectarle el batazo en la cabeza, (la víctima estaba) en situación de indefensión”.
- El magistrado reflexionó sobre la definición del delito de tentativa de homicidio en el Código Penal y sus alcances. “La norma señala que la tentativa de homicidio también ocurre cuando la conducta punible, en este caso la muerte de la víctima, no se consuma por circunstancias ajenas a la voluntad del autor. Por eso se requiere que la Fiscalía investigue la historia clínica y por qué motivo el joven no murió, un dictamen de Medicina Legal no tipifica el delito”.
- El abogado penalista comentó que la discrecionalidad de dirigir la investigación es toda del fiscal. “Lo que seguramente sucedió aquí es que el detenido fue llevado a la URI y el fiscal que recibió el caso, al ver que se trataba de una captura por lesiones personales, ordenó abrir una noticia criminal, asignarle un SPOA (un número) y darle la libertad al detenido, previo a la firma de un acta en la que se compromete a comparecer cuando sea requerido”.
- Y añadió que el hecho de que los videos circularan por redes sociales a la mañana siguiente de la noche en que ocurrió la agresión, “permite inferir que, por tratarse de una captura en flagrancia, si el fiscal hubiese ordenado de inmediato la realización de actos urgentes como labores de vecindario y entrevistas a la comunidad, hubiera conocido de la existencia de este video, o incluso obtenerlo a través de redes sociales y medios de comunicación, y presentarlo ante el juez como elemento probatorio contundente”.
- Uno de los fiscales consultados recalcó que, al analizar el video, puede verse la intención del agresor. “En la tentativa de homicidio no se analiza el número de días de la incapacidad, debemos verificar el tipo de lesión y el lugar para establecer la intención del agresor. Esto se establece por el lugar donde se causó la lesión. No fue en las piernas, la espalda, los glúteos, ni en las costillas, sino en la cabeza”.
A partir de este caso y su desenlace preliminar, pueden surgir preguntas como: ¿y si el batazo se lo hubieran propinado a un senador, un empresario o un alto funcionario público? ¿O si hubiera sido familiar de una personalidad?
“La sensación de indignación es inobjetable, es lo que lleva a que muchos piensen y se convenzan de que en Colombia la justicia es débil con el fuerte y fuerte con el débil”, aseguró una de las fuentes.
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